RESPONSABILIDAD PENAL EN LA NEGLIGENCIA MÉDICA

Época: Décima Época 
Registro: 2006245 
Instancia: Primera Sala 
Tipo de Tesis: Aislada 
Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación 
Libro 5, Abril de 2014, Tomo I 
Materia(s): Penal, Administrativa 
Tesis: 1a. CLXXV/2014 (10a.) 
Página: 810 

NEGLIGENCIA MÉDICA. SUS CONSECUENCIAS EN EL PROCESO PENAL.

En algunos casos la negligencia médica puede dar lugar a la configuración de diversos delitos, dependiendo de las circunstancias del caso en concreto. Así, algunos de los tipos penales en los que pueden incurrir los médicos por actuar negligentemente son: responsabilidad profesional, lesiones, y homicidio, y su objeto es imponer alguna pena al personal médico que hubiera actuado delictuosamente. De ahí que si en el proceso penal la víctima tiene derecho a la reparación del daño, éste deberá ser reparado por el médico penalmente responsable y no por la entidad pública para la que labora.

Amparo directo en revisión 10/2012. Giovanni David Chávez Miranda. 11 de abril de 2012. Cinco votos de los Ministros Jorge Mario Pardo Rebolledo, quien formuló voto concurrente, José Ramón Cossío Díaz, Guillermo I. Ortiz Mayagoitia, Olga Sánchez Cordero de García Villegas y Arturo Zaldívar Lelo de Larrea. Ponente: Arturo Zaldívar Lelo de Larrea. Secretaria: Ana María Ibarra Olguín.

Esta tesis se publicó el viernes 25 de abril de 2014 a las 9:32 horas en el Semanario Judicial de la Federación.

Comentarios

Entradas más populares de este blog

diferencia entre fraude y un incumplimiento contractual

Abuso de confianza; consumación (novena época )

contratos; basta con la simple manifestación de la voluntad expresa (verbalmente ) para exigir su cumplimiento