ABUSO SEXUAL CONFIGURACIÓN (NOVENA ÉPOCA )
Época: Novena Época
Registro: 185852
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Tipo de Tesis: Aislada
Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Tomo XVI, Octubre de 2002
Materia(s): Penal
Tesis: XV.3o.3 P
Página: 1311
ABUSO SEXUAL. CASO EN QUE NO SE CONFIGURA ESE DELITO.
Por actos eróticos en el delito de abuso sexual deben entenderse las caricias, fricciones y manejos ejecutados corporalmente sobre la ofendida sin el propósito de llegar a la cópula y, por tanto, requieren la voluntariedad del sujeto activo de ejecutarlos de manera persistente y continua sobre la pasivo por un tiempo más o menos prolongado, con la finalidad de encontrar en ella su anuencia, o bien, llegar a satisfacer, aunque en forma incompleta y en contra de la voluntad de aquélla, su apetito sexual, lo que no acontece en el caso de que el inculpado sólo haya impuesto un tocamiento en uno de los glúteos de la ofendida, ya que ello no resulta eficaz para concluir que en el caso se satisfizo el elemento del tipo consistente en la ejecución de un acto erótico sexual, dado que el "tocar" de manera instantánea y por una sola ocasión no representa una caricia o una fricción y mucho menos un acto de libido de las características delictuosas ya señaladas.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO DEL DÉCIMO QUINTO CIRCUITO.
Amparo en revisión 145/2002. 10 de mayo de 2002. Unanimidad de votos. Ponente: Raúl Molina Torres. Secretaria: Oralia Barba Ramírez.
Nota: Esta tesis contendió en la contradicción 154/2004-PS resuelta por la Primera Sala, de la que derivó la tesis 1a./J. 151/2005, que aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXIII, enero de 2006, página 11, con el rubro: "ABUSO SEXUAL. ELEMENTOS PARA SU CONFIGURACIÓN."
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